Cárceles argentinas: La mitad de los presos no tiene condena firme

Muchos ni siquiera han llegado al juicio oral. En miles de casos son absueltos tras pasar 4 o 5 años detenidos. El anuncio de la reforma al Código Procesal Penal puso en agenda la crisis del sistema judicial y penitenciario. ¿Cambiará algo con la nueva norma?

El martes pasado, la presidenta Cristina Kirchner anunció la presentación de un proyecto de reforma del Código Procesal Penal. Entre los argumentos para la modificación, la mandataria mencionó la cantidad de presos sin condena en el país y la necesidad de un sistema más ágil y de corte acusatorio. Según el último informe del Sistema Nacional de Estadísticas sobre ejecución de la pena, publicado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación (2012), el 50 % (31.000) de las personas alojadas en cárceles argentinas son procesadas sin condena firme. Esto posiciona a la Argentina en el puesto número 18 de los países con más presos preventivos en el mundo.

Un relevamiento realizado en mayo de este año por la Procuraduría de Violencia Institucional (Procuvin), detectó que en las cárceles del Servicio Penitenciario Federal, donde hay 10.074 personas detenidas, el 59,7% de los presos no tiene condena.

Entre las mujeres, que representan el 7,4% (746) de la población penitenciaria federal , el 66,4% está procesada, mientras que sólo el 33,6 por ciento está condenada.

Estos porcentajes se agravan en el caso de los 429 jóvenes adultos de 18 a 21 años que están detenidos en cárceles federales. Un 84% de ellos está preso sin condena.

Uno de los puntos de análisis del informe de la Procuvin tiene que ver con la jurisdicción que envía a prisión a personas que aún no tienen condena. El informe especifica que son 5777 los presos en cárceles federales a disposición de jueces nacionales, mientras que 3319 dependen de jueces federales y 699 de jueces provinciales.

Sobre este aspecto, el relevamiento detectó que en las cárceles federales, el 54 por ciento de los procesados sin condena fueron enviados a prisión por la justicia nacional, el 42 por ciento por la federal y sólo el 4 % por la justicia provincial

La prisión preventiva es en la teoría una herramienta de uso excepcional para los casos en los que haya riesgo de fuga o de entorpecimiento de la causa por parte del imputado. La ley establece que la prisión preventiva no podrá ser superior a dos años, sin que se haya dictado sentencia. "No obstante, cuando la cantidad de los delitos atribuidos al procesado o la evidente complejidad de la causa hayan impedido el dictado de la misma en el plazo indicado, éste podrá prorrogarse por un año más, por resolución fundada, que deberá comunicarse de inmediato al tribunal superior que correspondiere, para su debido contralor", dice la normativa.

Pero en la práctica, en la Argentina una persona procesada puede esperar hasta cuatro años en prisión a que llegue el juicio oral. "La prisión preventiva es un tormento. Mientras el Estado decide si sos o no culpable, te priva de todo, no sólo de la libertad, porque los presos procesados no tienen acceso a muchos beneficios en la cárcel", explicó Abel Córdoba, titular de la Procuvin.

Una persona que va a ser condenada tiene derecho a saber cuánto tiempo va a estar presa, si va a poder ver a su familia, tener acceso a la salud, trabajar
"La preventiva tampoco es justa para los que luego son condenados. Una persona que va a ser condenada tiene derecho a saber cuánto tiempo va a estar presa, si va a poder ver a su familia, tener acceso a la salud, trabajar", añadió.

Por otra parte, indicó que "la tasa da absolución es muy alta". Y agregó: "Si te absuelven después de estar varios años presos, podés iniciar un proceso contra el Estado, pero eso lleva mucho tiempo y de todos modos nadie puede reparar la cantidad de años que estuviste privado de libertad siendo inocente".

"El Código Procesal actual tiene muchas falencias de origen. Hay muchas provincias argentinas, con Córdoba a la cabeza, que están implementando códigos con sistema acusatorio en donde el fiscal es dueño de la acción y como representante de la sociedad dañada por el delito lleva adelante la acusación y la sostiene. El juez solo controla que se cumplan las garantías del debido proceso legal y tiene una función eminentemente imparcial", explicó Claudio Stampalija, abogado penalista y criminólogo.

Los especialistas consideran que en el sistema vigente, de carácter inquisitivo, los jueces cumplen una doble función contradictoria y distorsiva: la de investigar y a su vez tomar decisiones sobre los resultados de esa investigación.

"Una reforma al código procesal puede tener sobre todo dos beneficios: acortar los plazos del proceso y oralizar todas las audiencias. Esto hace que todo sea mucho más transparente", dijo Paula Litvachky, directora del área de Justicia y Seguridad del CELS.

"Los sistemas inquisitivos siempre tienen una alta proporción de presos preventivos. Los procesos se vuelven muy largos y eso, sumado a la presión pública, lleva a que la respuesta sea mandar a la cárcel a una persona sin condena", dijo Litvachky. Y añadió: "No necesariamente una reforma va a bajar la tasa de encarcelamiento. En Chile, por ejemplo, hay un 70% de condenados y 30 procesados pero la tasa de detenidos no bajó. Eso ya depende de cómo se aplique el sistema".

No necesariamente una reforma va a bajar la tasa de encarcelamiento
El martes, durante el anuncio de la reforma, la Presidenta utilizó una metáfora para referirse a cómo podrían funcionar los cambios. "Vamos a ver qué sucede, porque uno puede tener el mejor instrumental, pero el que opera es el médico y si el médico se durmió o no vino estamos en problemas", dijo la mandataria.

Por su parte, Córdoba, de la Procuvin, coincidió en la necesidad de reformar el Código. "Sería un paso hacia adelante, pero la razón de que haya tantos presos preventivos es más profunda y menos legislable. Tiene que ver con políticas criminales arraigadas y no fundamentadas".

"Que un 84% de los jóvenes adultos detenidos en prisiones federales no tenga condena no es casual. Y debería ser una alerta para el sistema, un escándalo", añadió.

En tanto Patricia Bullrich (Unión Pro), titular de la Comisión de Legislación Penal, también apoyó la reforma del Código. "Estamos de acuerdo en analizar una reforma del Código Procesal Penal. Es más, junto a los Diputados Federico Pinedo, y Pablo Tonelli, en el mes de junio presentamos un proyecto de reforma, cuyo espíritu es avanzar hacia un sistema acusatorio con la oralidad como principio para garantizar la justicia en tiempos cortos", señaló. Y agregó: "Trabajaremos para que las víctimas sientan que la Justicia es rápida, para evitar las excarcelaciones y para que se termine con la puerta giratoria".

También el secretario de Seguridad, Sergio Berni, aplaudió la propuesta. "La lucha contra el delito es una larga cadena de responsabilidades no solamente le compete al Poder Ejecutivo sino al Legislativo, Judicial y diferentes organizaciones intermedias", sostuvo.

"El código procesal que se impulsa es muy parecido el que tenemos nosotros en Chubut, donde toda la responsabilidad de la investigación recae en el fiscal y los jueces son de garantías. Es una buena herramienta, funciona muy bien", afirmó Mario Cimadevilla, senador por la UCR, vicepresidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales e integrante del Consejo de la Magistratura. "Pero impulsar esta reforma en el orden nacional con la actual Procuradora, Alejandra Gils Carbó, es un riesgo muy grande, porque toda la investigación penal quedaría a cargo de ella", aclaró. "La reforma en sí no es mala, pero requiere de fiscales más independientes", señaló. "Si se va a cambiar el Código se debería, a su vez, reformar la Ley de la Procuración o que los fiscales comiencen a pasar por el Consejo de la Magistratura", añadió Cimadevilla.